Micelio
Auto9 de abril de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Yaki Hortua Y Otros·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Tres ciudadanos presentaron escritos en los cuales manifestaban que recusaban a alguno o a todos los magistrados de la Corte Constitucional y en relación con el trámite de distintas demandas que hay en curso en contra de la Ley 2381 de 2024.

En un caso en particular se adujo que el magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar carecía de imparcialidad para decidir las demandas, por la votación que obtuvo en el Senado de la República para ser integrante de la Corporación.

En otro escrito se fundamentó la recusación en la existencia de presuntas amistades íntimas entre los magistrados y los integrantes de la oposición política.

En el tercer memorial se adujo que los magistrados tendían un interés directo en el resultado del proceso por su condición de afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.

Tras realizar una evaluación de la pertinencia de las recusaciones formuladas concluyó la Sala que incumplieron el requisito de legitimación por activa, en cuanto ninguno de los ciudadanos actuó como demandante o interviniente en el proceso de constitucionalidad de la referencia.

Con base en lo anterior, se procedió al RECHAZO.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR por falta de pertinencia las recusaciones presentadas por Edwin Arnold Moreno Castiblanco, Yaki Hortúa y Elson Rafael Rodríguez Beltrán, dentro del proceso D-16177, dado que no se cumple con el requisito de la legitimación por activa, de conformidad con lo expuesto en esta providencia.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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